El Puerto de Chancay no opera bajo un contrato de concesión estatal, a diferencia de los terminales del Callao (operados por APM Terminals y DP World bajo concesión). El terminal de Chancay se construyó íntegramente sobre terreno privado adquirido por los inversionistas, sin que el Estado entregara infraestructura o activos públicos preexistentes, como sí ocurre en el régimen clásico de concesión.
Por qué esta diferencia genera controversia
OSITRAN sostiene que, aunque la inversión es privada, el puerto es de uso público y utiliza 180 hectáreas del mar peruano —un recurso nacional—, por lo que debería estar sujeto a reglas de protección al usuario. COSCO Shipping, en cambio, argumenta que al ser una inversión 100% privada (no una concesión estatal), no debería estar bajo la supervisión de OSITRAN.
Qué implica en la práctica
- El puerto no tuvo, en principio, restricciones para fijar sus propios precios de servicio, a diferencia de los operadores del Callao
- La discusión legal sobre si OSITRAN puede regular Chancay sigue abierta a 2026
- Este debate también afecta la definición de tarifas (ver guía específica sobre el tarifario del puerto)
Preguntas frecuentes
- ¿El Puerto de Chancay es una concesión del Estado?
- No, es una inversión privada construida sobre terreno privado, sin entrega de activos estatales.
- ¿Por qué se discute si OSITRAN debe regularlo?
- Porque OSITRAN considera que, al usar mar peruano (un recurso público) y ser de uso público, debería aplicar reglas de protección al usuario aunque la inversión sea privada.
- ¿Esto significa que el puerto no tiene ninguna regulación?
- No necesariamente; el debate es sobre qué tipo de regulación aplica y quién la ejerce, no sobre la ausencia total de reglas.
Fuente: Canal N y Gestión.